martes, 13 de febrero de 2024

Vinculación telefónica

VINCULACIÓN TELEFÓNICA.-
La vinculación telefónica es el procedimiento por el que un usuario poseedor de una línea identificada con un número  registrado en osiptel declara que esa línea telefónica es operada a través de un chip en un aparato telefónico cuyo modelo, número de serie y especificaciones técnicas han sido consignadas en la declaración jurada que en formato virtual ha presentado.

En otras palabras el usuario declara que el teléfono celular que posee cuyo modelo, número de serie y otras especificaciones alberga la línea telefónica que está registrada a su nombre.

Esto significa que a cada línea corresponde un aparato telefónico específico, que no puede ser otro. Si un usuario es hallado en posesión de un aparato telefónico distinto al que ha sido declarado es hallado en flagrancia de estar cometiendo el delito de receptacion para el que se impondrá una pena de prisión efectiva no menor de seis años.

Está medida tiene como objetivo reducir el valor de un celular robado, pues se reduce la demanda. Los esfuerzos serán dedicados a identificar a los usuarios de aparatos telefónicos robados. La policía nacional efectuará operativos en locales de diversión, paraderos, espectáculos públicos, unidades de transporte y demás lugares de concurrencia masiva.

Cómo corresponde se efectuará la modificación del artículo del código penal y osiptel deberá publicar la relación de las empresas encargadas de la venta de los aparatos telefónicos que a partir de la fecha en que entre en vigor la nueva legislación serán registrados en osiptel adjuntando los manifiestos correspondientes a las pólizas de importación. Las empresas vincularán los aparatos nuevos que vendan previa ratificación por parte del usuario.

San Borja
13 de febrero de 2024
Jorge Egusquiza loayza