lunes, 4 de mayo de 2020

DESCONGESTION DE MERCADOS

1.- La licencia municipal se extiende automáticamente y por el plazo  de seis meses prorrogables.

2.- los requisitos que debe cumplir el local son :
      2.1. ninguno salvo 2.4 y 2.5  si el local tuvo antes licencia .(últimos 3 años)
      2.2. área libre y regular mínima de 12 metros cuadrados o cochera cuya puerta  o puertas no se abran hacia afuera. (estacionamientos excluídos)
      2.3. área libre y regular no menor de 12 metros cuadrados en primer piso .
      2.4. autorización simple del propietario (para si o  para otro) y  copia de recibo de arbitrios pagado trimestre 4  de 2020.
      2.5. derecho mensual de licencia de 100 nuevos soles .  ( no pago  causa de causura)
     
3.-  En todos los casos es obligatorio cumplir con 2.4 y 2.5

4.-  Los giros autorizados son:
      4.1.  carnes envasadas secas  o congeladas.y huevos.
      4.2.  verduras y/o frutas
      4.3.  abarrotes.
      4.4.  productos de limpieza.

5.- Sólo está permitido un giro por local y un sólo local por inmueble. En ningún caso esta permitida la continuidad entre locales,

6.- No está permitido el ingreso del publico, de modo tal que el local deberá contar con reja o con barrera o mobiliario que  lo impida.

7.- Esta norma se prefiere a cualquier otra que se le oponga.


en San Borja, Lima, Perú
a 4 de mayo de 2020
Jorge Egusquiza Loayza

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