lunes, 24 de noviembre de 2008

EL TRANSPORTE

EL TRANSPORTE

Nota: Todas las cifras que se muestran provienen del MTC ESTADÍSTICAS 2007

EL PARQUE.-

La cantidad de vehículos existente en el país es de un millón quinientos mil, de los cuales un millón circulan en la ciudad de lima y los demás en el resto del país. Su antigüedad promedio probablemente es de unos veinte años.
La única manera de modernizarlo consiste en aplicar un impuesto a la obsolescencia. Este impuesto fue propuesto por mí en 2002 (1)
El impuesto deberá ser progresivo tanto en el tiempo como en el importe y se deberá aplicar a partir de 2010. En principio la tasa se puede establecer en 1% UIT por asiento para los vehículos de más de 30 años. Al año siguiente esta tasa se incrementará al 1.5% UIT y luego al 2%. Al mismo tiempo al año siguiente, esto es, 2011 serán afectos al impuesto los vehículos que tengan 29 años y así sucesivamente por un período de 5 años de modo tal que en 2015 serán afectos los vehículos con 25 años de antigüedad..
El impuesto será cobrado conjuntamente con el SOAT y las Empresas aseguradoras previa deducción de la comisión acordada transferirán el monto recaudado al Tesoro.
Los vehículos que no cumplan con abonar el impuesto serán conducidos a los Parques de Reducción vehicular.

EL PARQUE DE REDUCCION VEHICULAR.-

Esto fue propuesto en 2002 (2) El Parque o los parques de reducción vehicular tienen por objeto el chatarreo del vehículo, esto es, su desmantelamiento o desguace con el objetivo de obtener el máximo provecho. Serán adquiridos al peso al valor que establezca la respectiva resolución del MTC. En realidad los parques de reducción tienen como objeto suprimir la venta de autopartes usadas en sitios distintos a ellos y reordenar la distribución geográfica de los locales dedicados al rubro y desalentar el robo de vehículos para desguace privado e ilegal.

EL TRANSPORTE EN GENERAL.-

En realidad la cantidad de vehículos que circulan en el territorio nacional no es significativa. Sin embargo se producen anualmente 80,000 accidentes, de los cuales el 70% son imputables al conductor, ya sea por exceso de velocidad (25,000) ebriedad (7,500) imprudencia (20,500) desacato de señales (2,000) y falla mecánica (2,000). Estos accidentes producen 3,510 muertos y 49,857 heridos. Naturalmente si las sanciones a los conductores son leves, las cifras continuarán elevándose. Si un conductor es sorprendido conduciendo en estado de ebriedad o causa un accidente en ese estado, el vehículo debe ser desmantelado. Igual sanción deberá aplicarse por reiteradas infracciones. El MTC deberá fijar como máxima sanción el desmantelamiento del vehículo.

EL TRANSPORTE INTERPROVINCIAL.-

Contrario al transporte en general, en el transporte interprovincial de pasajeros en autobuses la causa del accidente no depende estrictamente del conductor, o de la empresa de transporte, depende en mayor medida del Terminal terrestre que autorizó la salida del autobús en las condiciones en que se hallaba circulando. Actualmente existen 26 terminales terrestres autorizados y 22 no autorizados. Es evidente que la reglamentación referida a los terminales terrestres es tan obsoleta como el parque vehicular. En primer lugar se requiere actualizar los requisitos. Los terminales terrestres deberán fijar una fianza a favor del Estado Peruano de 1 UIT por vehículo registrado como usuario del Terminal que garantice el pago de las infracciones aplicadas en las garitas a los vehículos que zarpen del Terminal contraviniendo los reglamentos. Los terminales que no se adecuen a las nuevas disposiciones deberán ser clausurados. En las ciudades existen suficientes capitales e infraestructura para otorgar nuevas concesiones de terminales terrestres. Las empresas de transporte obligatoriamente deberán registrar sus vehículos en un Terminal terrestre autorizado para efectuar sus operaciones. El Terminal además de verificar las condiciones mecánicas, contar con cámaras de video y efectuar el registro de carga y pasajeros deberá autorizar a los conductores de los vehículos. En su primera etapa de aplicación las nuevas disposiciones serán solo de aplicación a las ciudades principales extendiéndose progresivamente al resto del país.
Actualmente la mayoría de terminales terrestres privados cuenta con la tecnología suficiente. De ser necesario el Estado puede otorgar líneas de crédito a bajo interés a través de la banca comercial para acondicionamiento de terminales terrestres y efectuar las expropiaciones necesarias al efecto.

El parque automotor de las empresas de transporte interprovincial requiere de diferentes requisitos para estar afecto al pago del impuesto a la obsolescencia. En este caso los límites de años deben ser no de 30 sino 25 para el 2010 y no de 25 sino de 20 años para el 2015 y naturalmente se requiere de líneas de crédito especiales para la adquisición de vehículos de 40 a 50 asientos para renovarlo.

Nota 1.- Plan Nacional de Gobierno para la República del Perú 2002
Nota 2.- “ “ “ “ “ “ “ 2002
Jorge Egusquiza Loayza


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